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En este artículo proporcionamos un resumen de la documentación necesaria para iniciar cualquier tipo de acción sobre un dominio, en el caso de que el actual titular del mismo haya fallecido. Por favor, tenga en cuenta que en función del caso concreto de que se trate, es probable que tenga que reunir documentos adicionales.
El propietario del dominio era un particular
Inicialmente, se requieren los siguientes documentos:
- Copia del certificado de defunción
- Copia del NIF del solicitante
- Prueba del vínculo familiar (copia del NIF para padres/hijos o copia del libro de familia para cónyuges), o bien, documento firmado en el cual el solicitante declara que dispone de la autorización pertinente para gestionar el contrato de acuerdo a la ley española (en este caso, por favor incluir los datos personales de la persona fallecida).
- Información sobre lo que desea hacer con el dominio (solicitud de conservación del contrato, cancelación del contrato o transferencia a otro registrador)
El propietario del dominio era una empresa o asociación
Inicialmente, se requieren los siguientes documentos:
- Copia del certificado de defunción
- Copia del NIF del solicitante
- Prueba del vínculo familiar (copia del NIF para padres/hijos o copia del libro de familia para cónyuges), o bien, documento firmado en el cual el solicitante declara que está autorizado a gestionar el contrato de acuerdo a la ley española y que dispone de un poder legal que le permite operar en nombre de la empresa. En este caso, por favor incluya los datos de la persona fallecida y de la empresa.
- Información sobre lo que desea hacer con el dominio, por ejemplo:
- solicitud de cambio de datos de contacto
- cancelación del contrato por cierre de la empresa, en cuyo caso necesitará la documentación que certifique el cese de la actividad y/o extinción de la sociedad
- transferencia a otro registrador
Transferencia del ID de cliente
Si desea conservar toda la cuenta con sus contratos y dominios, es necesario que envíe la documentación correspondiente solicitando que los contratos del fallecido se pongan a su nombre. Necesitará los siguientes documentos:
- Certificado de defunción
- Prueba del vínculo familiar (copia del NIF para padres/hijos o copia del libro de familia para cónyuges), o bien, documento firmado en el cual el solicitante declara que dispone de la autorización pertinente para gestionar el contrato de acuerdo a la ley española (en este caso, por favor incluir los datos personales de la persona fallecida).